martes, 30 de octubre de 2012

Agentes de la Protección de la Naturaleza contra el Parany y similares

Aragón_hoy      martes, 30 de octubre de 2012

La vigilancia del Gobierno de Aragón evita el uso de métodos de caza no selectivos prohibidos por la ley

Los Agentes de Protección de la Naturaleza del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente persiguen prácticas ilegales como el “parany” o la caza en barraca que acaba un gran número de especies de aves migratorias protegidas. Varias personas han sido denunciadas en Azanuy-Alins (Huesca) por el empleo de liga y de métodos no selectivos de caza.

El “parany” es una práctica ilegal de caza en Aragón, que todavía subsiste en algunas zonas del medio rural, y que se desarrolla durante el paso otoñal de las aves migratorias, enfocada fundamentalmente a la captura de zorzales.
La caza mediante este sistema comienza antes del amanecer y se prolonga hasta después de la salida del sol, alargándolo más o menos en función de las capturas. Este método prohibido de caza se realiza en un grupo de árboles sobre un promontorio elevado y destacado en el entorno, el cual se ha aclarado mediante la eliminación del arbolado próximo. Árboles que se encuentran podados, de manera que se obliga a las aves a posarse en lugares determinados de las mismos. Y es en estos lugares donde hay colocadas unas varas horizontales sobre las que se instalan a su vez unas varetas impregnadas de “liga” o “besque” donde las aves, atraídas por reclamos y grabaciones, quedan pegadas sin posibilidad de volar, cayendo al suelo. El suelo, bajo el grupo de encinas, se encuentra totalmente limpio y barrido, con el fin de que las aves no puedan desprenderse de la vareta y huir, facilitando así su captura. En el centro del conjunto hay construida una pequeña caseta o barraca camuflada donde el furtivo se oculta.

 Mito con el plumaje deteriorado por la liga

 Barraca localizada en Azanuy

Dicha actividad, la caza en barracas o parany, está considerada como ilegal al ser un método de caza masiva y no selectiva, estando además está tipificado como delito contra la fauna en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y pudiendo derivar en penas de prisión de entre cuatro meses a dos años, o bien en una multa de ocho a veinticuatro meses. Es una caza ilegal que se halla perseguida por los Agentes de Protección de la Naturaleza del Gobierno de Aragón.

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